8.1.13

Se fija calendario tributario para el 2013


TULUÁ - La Administración Municipal expidió el Decreto No. 280-018.1023 de diciembre 27 de 2012, “Por el cual se fija el calendario tributario; los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias; el pago de los impuestos, retenciones, tasas, sobretasas, y se conceden los beneficios e incentivos tributarios por pronto pago para la vigencia fiscal 2013.” 
El Artículo Tercero indica el plazo máximo para el pago de los impuestos de Industria y Comercio y Predial Unificado, por trimestres durante el año 2013, los cuales se realizarán durante los días hábiles que comprende a cada trimestre, en los siguientes plazos: 
Primer Trimestre: Enero, febrero, marzo -  plazo máximo 27 marzo de 2013.
Segundo trimestre: Abril, mayo junio - plazo máximo 28 junio.
Tercer Trimestre: Julio, agosto, septiembre - plazo máximo septiembre  30.
Cuarto Trimestre: Octubre, noviembre, diciembre - plazo máximo 31 de diciembre de 2013.
Del mismo modo habla en el Artículo Octavo, de conceder el beneficio de descuento por pronto pago a los contribuyentes de los Impuestos Predial Unificado e Industria y Comercio, que estén al día y que cancelen la totalidad de los impuestos, tasas, sobretasas y contribuciones de la vigencia fiscal 2013 en un solo pago, así: 
Para Impuesto Predial Unificado, en los meses de enero y febrero, será del 20% y en marzo del 10%. Por su parte el impuesto de Industria y Comercio, en enero tendrá un descuento del 12%, en febrero del 9% y en marzo del 6%.